Informativo sobre la reunión de la comisión de teletrabajo con la empresa

El día 02/02/2016 se ha celebrado una reunión de la comisión de teletrabajo con la empresa.

El actual acuerdo de teletrabajo, por el cual algunos de los trabajador@s de EEM desarrollan parte de su actividad laboral desde su domicilio, o desde las instalaciones de cliente, fue firmado el 26 de marzo de 2010  (aunque la modalidad de teletrabajo ya existía en Ericsson desde junio de 2006), y en la actualidad, 882 compañeros y compañeras, están suscritos a este acuerdo.

Por recordaros algunos de los aspectos de este acuerdo, es la compañía quien determina la unidad y qué trabajador@s pueden acogerse a esta modalidad de trabajo, siendo el trabajador quien de forma voluntaria y de acuerdo con el manager, decide si se acoge o no a este acuerdo.

Para que un trabajador o trabajadora pueda acogerse a esta modalidad, ha de contar con al menos 6 meses de antigüedad en la compañía. Entre los diversos beneficios a los que tiene derecho el trabajador, una vez firma el acuerdo de teletrabajo con la empresa, es a una subvención de hasta 150 euros para la adquisición y renovación de una pantalla de ordenador, así como instrumentos informáticos o de oficina necesarios para el teletrabajo, para aquellos teletrabajadores que lleven acogidos a dicho sistema durante un periodo ininterrumpido de al menos tres meses. La empresa abonará hasta esta cantidad a la presentación de la factura de la compra y liquidación a través de la herramienta CONCUR.

Hasta los cuatro años siguientes, a contar desde la última factura presentada, el teletrabajador no podrá presentar de nuevo una factura de compra para una nueva subvención.  Por otro lado, contra la presentación de la factura del pago del servicio de conexión Internet, la empresa asume el coste de hasta 40 euros mensuales por dicho servicio, realizando asimismo la liquidación a través de CONCUR.

En la reunión mantenida hoy, las propuestas presentadas por la sección sindical STC, han sido las siguientes:

  • Extender el teletrabajo a todos los colectivos y trabajador@s, incluyendo secretarias, administrativos, etc. o en su defecto pedir una justificación en el caso de que no se les permita acogerse a esta modalidad.
  • Aumentar la cuantía del pago del servicio de conexión Internet, que es actualmente de 40€, a 50€ mensuales, dado que los precios de las cuotas actuales han subido en comparación con las que había en 2010.
  • La subvención de 150€ debería poder percibirse cada cuatro años desde la firma del contrato de teletrabajo, y no desde la última factura presentada.