Denuncia Acuerdo Revisión de la Evaluación de Desempeño (IPM) en ENI

Denuncia Acuerdo Revisión de la Evaluación de Desempeño (IPM) en ENI entre CC.OO, UGT y la Empresa por fraude de ley ante la INSPECCION DE TRABAJO

Queremos informaros que por parte de STC, hemos interpuesto una reclamación  en la Inspección de Trabajo denunciado lo que creemos supone un fraude de ley en lo que se refiere al acuerdo alcanzado en ENI, entre CC.OO, UGT y la Empresa, para la Comisión de Revisión de la Evaluación de Desempeño, o IPM.

La razón de esta demanda es que la Empresa nos ha presentado este acuerdo como ya firmado, cuando durante el desarrollo de estas negociaciones se obvió informar, y convocar a las reuniones, a los Representantes Legales de los Trabajadores pertenecientes a STC, (2 miembros del Comité de Empresa, más 1 Delegado Sindical).

Este comportamiento discriminatorio que supone la existencia de un fraude de ley en el acuerdo alcanzado entre la Empresa y  las dos fuerzas sindicales firmantes, CC.OO. y UGT, no hace más que poner de manifiesto la parcialidad de la Empresa, y el interés por beneficiar a estas organizaciones, escenificando una relación de total “simbiosis” en el ejercicio de silenciar las nuevas opciones sindicales, como STC, que están encontrando el apoyo de los trabajadores dentro del Grupo Ericsson. “Simbiosis” que lleva a vulnerar la legislación vigente, como el Estatuto de los Trabajadores e incluso la Constitución.

Si hacemos un poco de memoria, las Elecciones Sindicales en ENI se celebraron el 19 de Febrero, obteniendo STC 2 representantes frente a los 6 de CC.OO y 5 de UGT, quedando de esta forma en nuevo Comité de Empresa establecido.

Estás fueron impugnadas por CGT aludiendo un error en los censos. Como consecuencia, mediante Laudo Arbitral, el proceso electoral fue revocado y hubo que repetir las elecciones.

El nuevo Comité de Empresa, con 2 representantes  de STC, es el aún vigente, hasta la fecha del 16 Abril, donde se constituye el actual Comité de Empresa con la misma participación en cuanto al número de representantes, 6 CC.OO, 5 UGT y 2 STC.

El Laudo Arbitral mencionado fue impugnado ante la Jurisdicción Ordinaria, pero antes de la celebración del, juicio y en fecha posterior a la celebración del segundo proceso electoral, la parte demandante, CC.OO desistió de su pretensión y el laudo Arbitral tomó naturaleza de firme.

Siguiendo con el hilo de acontecimientos, el 20 de Enero, en el SIMA, el Comité de Empresa de turno formado por CC.OO y UGT alcanzó un acuerdo, valga la redundancia, para iniciar negociaciones en la creación de un acuerdo sobre el asunto de EVALUACIÓN del DESEMPEÑO (IPM).

En el período de fechas que va entre marzo de 2015 y mayo de 2015 la RLT de ENI y la Empresa mantienen una fluida comunicación vía mails y reuniones, donde se fragua un acuerdo, se firma un acuerdo y se hacen reuniones posteriores al acuerdo para cumplir lo pactado.

Este acuerdo es firmado, y presentado por CC.OO y UGT el 14 de Abril, justo antes del segundo proceso electoral del 16 de Abril, mediante un comunicado justo en medio de la campaña electoral que se cerraba ese mismo día.

Durante el periodo que se inicia el 19 de Febrero, ninguno de los representantes electos de STC  del Comité de Empresa, ni la Sección Sindical de son invitados a participar ni siquiera informados de las relaciones que se mantienen, entre la RLT y la Empresa. Los únicos miembros a los que se dirigen las informaciones y convocatorias de reunión son a los miembros de la RLT presentados en las listas de elecciones por CCOO y UGT.

Parece difícil entender el motivo de esta estrategia de dejar fuera de la información y participación a la parte minoritaria, STC, pues en ningún caso se hubiera podido parar el acuerdo firmado si se hubiese considerado oportuno.

Sea cual fuere el motivo que haya motivado esta forma de actuar, en STC consideramos que se vulnera la legislación vigente tanto en el Estatuto de los Trabajadores Art. 64.1 como en la Constitución Española en su Art. 14, en el supuesto que menciona la libertad de opinión, a la que entendemos se ha privado a los representantes de los trabajadores miembros de STC elegido de forma democrática.

Por esta causa hemos formulado una la denuncia  en materia de ordenación de trabajo y relaciones sindicales contra la empresa Ericsson Network Services S.L. (ENI), para que Inspección de Trabajo efectúe investigación sobre las irregularidades detectadas, adopte las medidas que considere necesario e imponga las sanciones previstas por la Ley.

No dudéis en contactar con nosotros para cualquier clarificación.

Seguiremos informando.