Cómo actuar ante una notificación de cambio de Organización
Notificación Cambio de Organización
Dentro del cambio organizativo que se está produciendo, hay varios colectivos de trabajadores afectados por cambios de unidad, de edificio y en algunos casos inclusive se les va a cambiar de empresa dentro del grupo Ericsson.
Ante cualquier cambio que pueda afectar a tu movilidad funcional, geográfica o condiciones laborales, os aconsejamos solicitar a vuestro manager por escrito que os traslade descripción del cambio de organización, el alcance del mismo, fechas en las que se va a producir, si implica cambio de categoría (job role o job stage), si va vinculado a un cambio de empresa o cambio de edificio, y si lleva implícito algún cambio en relación a las condiciones de trabajo.
A continuación os explicamos los conceptos asociados a los posibles cambios y recomendaciones:
- ¿Qué es la movilidad funcional? Si el cambio de funciones se produce dentro de los puestos del mismo grupo profesional, será un cambio que está dentro del poder de dirección de la empresa y no deberán justificarse los motivos de este cambio. Pero si hay cambios de funciones porque me mueven a otro grupo profesional distinto, para realización de funciones superiores o inferiores, la empresa tendrá que justificar la medida por razones técnicas u organizativas. El límite entre una movilidad funcional y una modificación sustancial de las condiciones de trabajo es en ocasiones muy difuso y siempre hay que analizar cada situación concreta. Mi responsable o la empresa debería indicarme si se modifica mi grupo profesional, rol asignado, descripción de las funciones que venía desarrollando y las que voy a desempeñar en el nuevo (incluyendo titulación exigida, compact ratio, job role, job state, en los dos puestos)
- ¿Qué es la movilidad geográfica? Para hablar de movilidad geográfica tiene que producirse un cambio del centro de trabajo del empleado, el cual ha de estar asociado también a un cambio de residencia. Como siempre hay una línea fina en lo que es un traslado y qué no lo es, aunque la jurisprudencia haya ido marcando con sentencias lo que se puede considerar traslado. La empresa puede que determine traslados individuales sin haber contactado previamente con el empleado. Hay un requisito legal que ha de cumplir la empresa: notificación de la resolución de traslado concreta al empleado, en un plazo de treinta días previos a los efectos. Es importante, por lo tanto, que si me indican que cambia mi centro de trabajo se notifique al trabajador por escrito indicando cuál va a ser mi centro de trabajo, los motivos por los que me trasladan y la fecha efectiva.
- ¿Qué es una modificación de condiciones laborales? Las condiciones laborales afectan a cualquier condición laboral reconocida en el contrato o acuerdos/pactos que el trabajador venga disfrutando: plan de pensiones, bono, cheques restaurante…tiene carácter sustancial cuando provoque perjuicios al trabajador. La empresa puede modificar las condiciones laborales del trabajador pero la medida no puede ser arbitraria. Además si la empresa lo hace con carácter individual, debe notificármelo con una antelación mínima de quince días a la fecha de su efectividad. Básicamente son cambios que afectan a:
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- Sistema de remuneración y cuantía salarial: solicita información del job role, job state, carrera profesional, sistema de nómina, todos los conceptos que con carácter individual tengas, (acciones, cheques guardería, seguro)
- Jornada de trabajo: deben indicar si la jornada de trabajo es la misma.
- Horario y distribución del tiempo de trabajo: el calendario en las distintas empresas del grupo y centros de trabajos de Ericsson es distinta, por lo que deben informar al trabajador de cuál es el horario.
- Régimen de trabajo a turnos. Inclusión en normativas especiales vigentes en la compañía: horas extra, Jornada de trabajo, etc
- Sistema de bono, numero de pagas, medición de objetivos…
Insistimos en la importancia de solicitar por escrito esta información del cambio a tu manager para poder valorar el hecho y actuar en consecuencia. No obstante, os sugerimos poneros en contacto con nosotros ante cualquier notificación que nuestro manager o la empresa os haga llegar, si es con carácter colectivo, lo deben notificar a los representantes, y desde STC velaremos para que se cumpla la legalidad, pero si la notificación es de carácter individual poneros en contacto con nosotros para poder valorar cada escenario cuanto antes, los plazos en el caso que hubiera que reclamar judicialmente son muy cortos.
NO FIRMÉIS NADA ANTES DE HABERLO LEÍDO DETENIDAMENTE Y HABERLO CONSULTADO CON VUESTROS REPRESENTANTES.
Como siempre no dudéis en contactar con nosotros.
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