Sentencia vulneración del derecho de huelga del colectivo FLM
Buenos días
La semana pasada la Audiencia Nacional (AN) ha fallado a favor de STC en la demanda que interpusimos por la vulneración del derecho de huelga del colectivo FLM, imponiendo a la empresa una multa a favor de los demandantes. La AN ha sentenciado que Ericsson ha vulnerado el derecho de huelga y libertad sindical, y ha quedado probado que estos trabajadores que hicieron huelga fueron sustituidos esos días por subcontratas y por compañeros de otros departamentos.
Como recordatorio, indicaros que el colectivo FLM fue traspasado a través de un artículo 44 a EFF y que finalmente fue adquirido por EZENTIS.
Para STC, este traspaso de trabajador@s no está ajustado a la legalidad, y por ello continuaremos por la vía judicial intentando que se revierta.
El derecho a huelga es un derecho fundamental, y esta vez la dirección de esta compañía ha sobrepasado la frontera de lo que son los derechos básicos, y la libertad que tenemos para ejercerlos. Es un hecho muy grave, por lo que no lo vamos a dejar estar y lo llevaremos a los órganos que rigen la ética y buenas prácticas a nivel de Compañía.
Los trabajadores del colectivo FLM han dado un nuevo ejemplo de que si se pelea, se puede.
Gracias a su testimonio en bloque la sentencia ha podido ser favorable y los hechos han quedado probados.
A pesar de no haber tenido la adhesión a la demanda del resto de fuerzas sindicales, este colectivo de trabajadores de FLM han demostrado ser un ejemplo valentía, y coraje en defensa de su puesto de trabajo.
En este tipo de sentencias, lo fundamental no es la multa que se le pone la empresa, que es una anécdota para los recursos de la propia compañía, lo relevante de esta sentencia es que Ericsson debe respetar este derecho laboral fundamental. Esto precisamente forma parte de la tan manida “Responsabilidad Corporativa”.
¡Como va a querer trabajar la gente en Ericsson!
El el correo interno recibido se ha enviado adjunto la sentencia a la que hacemos mención.
Un saludo