Performance Evaluation

El pasado viernes 1 de abril Recursos Humanos hizo público el primer “Procedimiento para el análisis e informe de Reclamaciones sobre Evaluación de Desempeño”, procedimiento que pretende “corregir” posibles errores en la asignación del rendimiento con el que se califica anualmente a los empleados/as.

Desde STC calificamos este hecho como un hito dentro de la compañía, pues esta por fin se ha dignado a reconocer con este procedimiento que “quizás” las calificaciones que otorga pudieran NO ser las adecuadas al rendimiento del empleado/a, o lo que es lo mismo, al fin reconoce que el procedimiento de evaluación del desempeño no es perfecto, o como desde la RLT se le viene insistiendo desde hace mucho tiempo, el sistema de calificación de performance IPM es un sistema arbitrario carente de toda garantía.

No podemos obviar que al fin y al cabo, el rendimiento del empleado/a queda sujeto a la valoración o decisión unipersonal del mánager encargado/a de la evaluación, y que pese a que el empleado/a sujeto a valoración haya podido cumplir más que dignamente con su trabajo, este puede ser valorado por otras cuestiones ajenas a su cometido, a su trabajo, dejando esta manera de calificar la puerta abierta a multitud de injusticias. Por citar algunos ejemplos, la falta de afinidad con el manager, la reducción de jornada por diversas circunstancias (por cuidado de mayores, cuidado de hijos, etc), la dedicación a temas sindicales, la poca disponibilidad a extender jornada, a viajar, etc,,, cualquiera de estas circunstancias, reconocidas por la ley y el Estatuto de los Trabajadores, justifica en muchos casos la asignación de una calificación “Under Performing” por parte de la empresa.

Como apuntábamos, con este procedimiento la empresa viene a reconocer que esta manera de calificar no se ajusta a la legalidad, de ahí este procedimiento de reclamaciones. Pero no caigamos en el engaño, pues la intención real de la compañía es “maquillar” cualquier circunstancia que la pueda llevar a los juzgados. No es la buena intención la que lleva a Ericsson a sacar este procedimiento, sino la propia legislación española. Este procedimiento entendemos desde STC que no viene a defender al empleado/a con calificación “Under Performing”,,, definitivamente no.

Creemos que la empresa saca este procedimiento en previsión de males mayores con la justicia. Y tiene una explicación.

STC lleva ya mucho tiempo trabajando en la línea de publicar y denunciar las acciones de la empresa respecto de este asunto de la “calificación”. Demandamos de manera individual en 2014 a la compañía por esta manera de actuar, y ganamos tanto en sentencia como en recurso; demandamos en 2015 de manera colectiva, y aunque perdimos el juicio en primera instancia, esta demanda está actualmente en fase de recurso y con la esperanza fundada de que los tribunales reconozcan la tropelía que es el método de calificación de performance que utiliza la empresa.

Como Ericsson continúa en su línea de ignorancia a las leyes y arrogancia ante los empleados/as, más demandas individuales han sido presentadas ante los tribunales durante 2016 por la forma arbitraria de actuar de la misma. En todos los casos, demandas individuales y demandas colectivas que han sido en ocasiones apoyadas e impulsadas también por CGT, desde STC lo que reclamamos en un sistema justo y garantista, que no permita injusticias y que sea imparcial, no dejando en manos de la empresa y de sus mánagers la herramienta perfecta para “marcar” y “marginar” a quien no “cumpla” con circunstancias que sólo quien evalúa las conoce,,,.

Fruto de estas demandas y de otras acciones más, comenzamos a negociar un procedimiento de reclamación de performance con la empresa, forzados por el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje). Si bien las reclamaciones de STC en la comisión de retribuciones respecto de esta cuestión del performance  vienen desde el año 2013, sólo tras las demandas ha sido en 2015 cuando la empresa se ha avenido a negociar. Y desde luego que la forma de negociar de la compañía no ha sido la mejor, pues pese a las propuestas realizadas desde STC y CGT, la empresa “nunca” fue capaz de responder a nuestras múltiples propuestas.

La empresa “no ha negociado” ningún procedimiento de reclamación, nunca entró al debate. Sólo se ha limitado “a simular” una negociación para al final sacar un procedimiento propio, alejado totalmente de las propuestas de la RLT, y con el que pretende en los juzgados decir que SI, que Ericsson es buena, y que tiene un procedimiento de reclamación de rendimiento. Por ordenar la actuación de la empresa:

  1. Nunca promovió un sistema de reclamación de performance, con el convencimiento de que su sistema, arbitrario y que no da garantías al empleado/a, le serviría para sus planes de gestión, obviando las leyes españolas.
  2. Ante las reiteradas demandas, tanto colectivas como individuales, presentadas por STC y CGT, con resultados generalmente a favor del empleado/a, la empresa ha tenido que pasar por el aro, y dar a los empleados esta opción. Lamentablemente sólo hay una motivación, que no es otra que la de estar “dentro de la ley”, pues quien lea el procedimiento podrá comprobar cómo una vez más, la empresa “decide” y no deja opción a evaluación por parte de un órgano colegiado.
  3. El procedimiento que presenta la empresa no es garantista. Tras unos meses de negociación con la RLT, principalmente con STC y CGT, ignoró por completo las propuestas realizadas y decidió publicar “su plan”; de esta forma siempre podrá decir que negoció un plan, si bien jamás valoró los planteamientos de su otro interlocutor en la negociación, la RLT.

En síntesis, desde STC valoramos negativamente este procedimiento, que no ha sido consensuado con los Comités de Empresa como es preceptivo. Y lo valoramos negativamente por incompleto, parcial y como parche que utiliza la empresa dentro de su ámbito de desregulación de las condiciones laborales y su plan de reciclado continuo de compañía y que redunda en su objetivo de ahorro en costes salariales.

Ante la nueva situación, sólo tenemos clara una cosa: que seguiremos trabajando en la defensa de nuestros derechos, de los derechos de todo el colectivo de Ericsson.