Información relevante en relación a las salidas de FAO (ERE 2017)
Hola,
Este próximo Viernes 13 la dirección entregará las cartas de despido (en las diferentes modalidades) al personal de FAO que se han adherido de manera voluntaria al ERE2017. La directora de la Unidad informó que no se va a realizar ningún despido forzoso, pero de todos modos y ante cualquier duda es necesario que tengáis la información precisa para saber cómo actuar ante una comunicación de despido.
“El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos” (Art 49.2 Estatuto de los Trabajadores)
Podéis contactar con cualquiera de los representantes de STC en vuestro centro de trabajo o contactar con nuestra sección sindical.
Información relevante:
- Leer los documentos tranquilamente y comprobar si todo es correcto previamente a firmar (documentos firmados o sellados por la empresa, fecha de la baja, importes, etc.), en el momento de la firma del finiquito es aconsejable poner la fecha en que se ha recibido. Pedid copia de todos los documentos que firméis.
- Revisad que en el finiquito están incluidas todos los coneptos y cantidades que os corresponden, como el salario del mes de Julio, vacaciones pendientes no disfrutadas (en días naturales), cualquier variable de actividad realizado, así como la indemnización a percibir. Si detectamos que falta algún concepto anotadlo en el finiquito antes de firmar “falta el pago de xxxx” , si no estamos conforme con los cálculos anotad “No conforme”, si tenemos alguna duda no resuelta en ese momento anotad “Pendiente de revisión”. Como no recibiréis el importe en el mismo momento de la firma, podéis anotar “pendiente de recibir la transferencia”.
- Si se presenta algún acuerdo particular aceptando el despido, no firmarlo, pedir una copia y consultar jurídicamente antes de aceptarlo.
- Adjuntamos link documento FAQ como soporte y ayuda en este proceso: https://stcerics-cp7036.wordpresstemporal.com/stcericsson.es/wp-content/uploads/2017/11/2835c-faq-stc-27_11_2107.pdf
- Verifica la fecha de tu despido, recuerda que eres trabajador de Ericsson hasta la fecha de tu despido, por lo que no tienes la obligación de dejar las herramientas de Ericsson: portátil, tarjeta de acceso, etc.
- Si de todos modos se produjera algún despido forzoso firma el ”Recibí, no conforme” de la carta de despido. El documento de adherencia a las buenas condiciones se debe firmar no conforme con la fecha, y con el comentario:
“No conforme con mi despido, me adhiero a la propuesta de la empresa de condiciones Anexo III, sin que esto suponga el menoscabo de los derechos que me corresponden al amparo de la ley”
Recuerda si cumples los requisitos, puedes optar tanto a prejubilaciones como a planes de renta.
Por otro lado, recomendamos que cada trabajador pueda almacenar o imprimir la siguiente información:
- Todos los recibos de nóminas y si no los tenéis, solicitarlos a HR direct.
- Mails de felicitaciones o recomendaciones que el trabajador haya recibido.
- Pantallazo de la IPM en la herramienta ITM correspondiente a los años 2016 y 2017.
- Pantallazo de la herramientas donde se pueden ver los assessment de vuestras competencias.
- Si es tu caso, no olvides acceder ya a la herramienta de Ericsson Travel Certificates y reportar los trabajos realizados si quieres beneficiarte de la exención de los rendimientos del trabajo que se recogen en la aplicación del Artículo 7p de la Ley de IRPF. Un vez la Empresa cierre el acceso a las herramientas de la misma a los trabajadores despedidos, pudiera darse el caso que no entraseis en el plazo comunicado, 5 de Enero, y ya sabéis que la reclamación por otros caminos es prácticamente imposible.
- A partir de la fecha efectiva de despido (31-07-2018), y una vez finalizados los días de tus vacaciones remuneradas pendientes, puedes hacer la solicitud de las prestaciones por desempleo. Esto requiere previamente de la inscripción como demandante de empleo, por lo que, con anterioridad al trámite de solicitud o simultáneamente, el trabajador deberá formalizar la inscripción en el Servicio Público de Empleo Estatal o Servicio de Empleo Autonómico que corresponda.
La cita previa puedes hacerla según se indica en el siguiente enlace:
Insistimos en que estamos a vuestra disposición para cualquier asunto relacionado con este proceso.
Atentamente,