Comisión de Teletrabajo
Hola a tod@s
Antes de las vacaciones de verano se reunió la comisión de Teletrabajo en Ericsson España. Esta comisión se debería reunir cada tres meses, pero en la práctica, solamente se reúne cuando se solicita por parte de la RLT, como ha sido el caso en esta ocasión.
En STC siempre hemos defendido el teletrabajo como una herramienta vital para permitir la conciliación familiar y colateralmente avanzar en los planes de igualdad. Nuestra preocupación es que las instrucciones de la empresa son muy ambiguas y al final dejan en manos de los Line Managers el otorgar (o retirar) el teletrabajo. Entendemos que debe existir una normativa idéntica para toda la plantilla del Grupo Ericsson y que los ratios y acceso al TW no deben quedar sólo en manos de los line managers. RR.HH. debe implicarse indicando que tipos de trabajo/roles/funciones son adecuadas para realizar teletrabajo y asegurando que las compensaciones económicas sean idénticas, pertenezca el empleado a una u otra empresa dentro del Grupo.
Desde STC solicitamos en esta reunión:
- Extensión del teletrabajo a más áreas dentro de Ericsson. Entendemos que es una manera de facilitar la conciliación para la plantilla, a parte de los múltiples beneficios que obtienen tanto empresa, trabajadores/as y sociedad.
- Actualización de las cantidades por conexión a internet y por adecuación del puesto de trabajo cuando se trabaja fuera de las instalaciones Ericsson. No nos olvidemos, el teletrabajo permite un importante ahorro a la compañía
- Apertura de una negociación para mejorar el acuerdo en aspectos que no sean exclusivamente los económicos.
- Equiparación de las condiciones en todas las empresas del grupo (ENI, EEM, EXM, …)
- Que se cumpla con el plan de Igualdad en materia de Teletrabajo, ya que desgraciadamente el teletrabajo se deja a criterio del manager que en algunos casos hace caso omiso de los acuerdos adoptados por la compañía y se limita a indicar que por las características del trabajo no es posible implementarlo en su unidad, o a una persona concreta.
La empresa se negó en rotundo a hablar de cualquier cambio de los acuerdos que, os recordamos, fue firmado en marzo del 2010 y desde entonces no ha sido revisado. Para ENI, la empresa, redactó e implementó una directiva basada en el acuerdo de EEM pero con menos condiciones.
Sabemos que se están dando situaciones de discriminación con el TW ya que la empresa lo utiliza para premiar o castigar con su aplicación. Por lo que os pedimos que nos informéis si detectáis alguna de estas situaciones para llevarlo a los foros adecuados (siempre guardando sigilo sobre las personas afectadas) para poder trabajar en reconducir estas actuaciones.
Los últimos datos disponibles de Teletrabajo son:
Para ENI | ||||
Género | Total teletrabaj. | Plantilla (a 4 julio 2018) | % respecto a género | % respecto a total plantilla |
Mujeres | 35 | 64 | 54,69% | 11,74% |
Hombres | 112 | 234 | 47,86% | 37,58% |
Grand Total | 147 | 298 | 49,33% | |
Para EEM | ||||
Género | Total teletrabaj. | Plantilla (a 4 julio 2018) | % respecto a género | % respecto a total plantilla |
Mujeres | 282 | 601 | 46,92% | 14,26% |
Hombres | 660 | 1376 | 47,97% | 33,38% |
Grand Total | 942 | 1977 | 47,65% |
Desde ST, valoramos positivamente estos datos.
Sin embargo, entendemos que si realmente la compañía persigue con el Teletrabajo que sus empleados dispongan de una mejor conciliación de la vida laboral y familiar (como corresponde a una empresa moderna) y no lo hace exclusivamente por otro tipo de objetivos, como son la reducción de costes en edificios, debe seguir incrementando el ratio de teletrabajadores allí donde aún no se ha hecho y mejorar la dotación económica y equiparación de condiciones entre las distintas empresas que conforman el grupo.
Un saludo