Valoración Referendum Convocado por UGT-CC.OO
Estimados compañer@s,
Es mucho lo que se está hablando desde CC.OO y UGT, sindicatos de ámbito nacional y que hasta ahora venían monopolizado las relaciones laborales con la Empresa, de la falta de democracia de las nuevas opciones sindicales emergentes en las últimas elecciones, CGT y STC.
Independientemente de las posturas que se hayan defendido ante la negociación de la Empresa, vaya por delante, todas ellas legítimas, y con el punto de mira de beneficiar en lo máximo posible a la colectividad, no es entendible la estrategia de desvirtuar la representación electa de los trabajadores y crear un clima de tensión dentro del colectivo de los mismos, si no es para conseguir el propio beneficio dentro de todo este ruido que se ha generado.
Aún no se ha entendido que esta diversidad de pensamiento nos debería beneficiar a todos, que en lugar de ganar enteros desprestigiando al contrario por cualquier medio posible, deberíamos estar compitiendo entre nosotros por mejorar y ofrecer lo mejor para los trabajadores.
Entre otras cosas, la democracia es aceptar la decisión de la mayoría electa y respetar el marco legal que nos hemos dado para garantizar unos derechos fundamentales.
El marco legal para la negociación de este ERE ha sido la Mesa Negociadora que se conformó a tal propósito, y el resultado de “NO ACUERDO” fue el acordado por la unanimidad de los representantes. Cada Sección Sindical perfiló sus líneas rojas, en base a su representación ejerció su derecho a manifestarse y asumió su responsabilidad, y cómo se consideró que no era un buen acuerdo, ninguna Sección Sindical pensó en poner el valor de sus votos en la Mesa Negociadora a refrendo de los trabajadores.
En la reunión extraordinaria del 2 de Junio, al final de varias ofertas y contraofertas por parte de la Empresa y la parte Social, esta última ofreció una mejora sobre la condiciones económicas que STC consideró insuficientes como para firmar un acuerdo que sustituyese al rechazado durante el periodo formal de negociación. Manifestando la Empresa que esta era su última oferta, y esta descartar la última propuesta de Plan Social de STC, donde se asumía un coste social máximo de 25 despidos, se dio este último intento por llegar a un acuerdo por cerrado.
Fue entonces cuando la Empresa se reúne con UGT y CC.OO, sindicatos que no tienen la representación mayoritaria, y deciden pactar a espaldas del resto de fuerzas sindicales un acuerdo de mejora. Acuerdo de mejora, cuya aprobación, a modo de entender desde STC, la Empresa podría haber planteado de forma unilateral en su obligación de ofrecer la mejor solución económica posible, así de sencillo. Sin la necesidad de crear con la connivencia de las fuerzas sindicales minoritarias esta situación de confusión a los empleados.
UGT y CC.OO han convocado un referéndum contra las leyes, (léanse art 77 y 80 del E.T) ya que no pueden en los centros donde no tienen representación.
Artículo 77. Las asambleas de trabajadores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuatro de esta Ley, los trabajadores de una misma empresa o centro de trabajo tienen derecho a reunirse en asamblea.La asamblea podrá ser convocada por los delegados de personal, el comité de empresa o centro de trabajo, o por un número de trabajadores no inferior al 33 por 100 de la plantilla. La asamblea será presidida, en todo caso, por el comité de empresa o por los delegados de personal mancomunadamente, que serán responsables del normal desarrollo de la misma, así como de la presencia en la asamblea de personas no pertenecientes a la empresa. Sólo podrá tratarse en ella de asuntos que figuren previamente incluidos en el orden del día. La presidencia comunicará al empresario la convocatoria y los nombres de las personas no pertenecientes a la empresa que vayan a asistir a la asamblea y acordará con éste las medidas oportunas para evitar perjuicios en la actividad normal de la empresa.
Artículo 80. Votaciones.
Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquéllos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.
Las reglas del juego democrático no son que cuando algo se ajusta a mis intereses no lo someto a votación de los trabajadores, y cuando no sí, y además lo disfrazo de lo que no es, en un intento de manipular y confundir a los trabajadores.
Además lo saben y lo reconocen como se ve en el extracto del comunicado de UGT anexado a continuación.
- UGT no sometió a referéndum vinculante la aprobación de un Acuerdo de Despido Colectivo, pues el 21 de mayo el proceso se cerró con NO ACUERDO y punto.
- UGT sometió a referéndum consultivo un PACTO DE MEJORA DE CONDICIONES alcanzado con la minoría. Como bien recuerdan, no somos mayoría y, por tanto, no podemos someter a referéndum la Aprobación de un ACUERDO de Despido Colectivo pero si podemos consultar un pacto de mejora que alcanzamos. Faltaría más.
- UGT, y cualquier organización sindical, consultará cuantas cuestiones considere y nadie nos privará de ese derecho fundamental.
Independientemente de la potestad de convocar la votación, o de si ahora es conveniente a mis intereses pero antes no, esta convocatoria se ha anunciado literalmente a los trabajadores cómo “REFERENDUM de ratificación del documento de mejora de condiciones del Despido”, en la convocatoria no aparecían las fuerzas sindicales convocantes, la pregunta, “¿Estás de acuerdo con las condiciones de mejora del día 02/06/2015?”, confunde y se abstrae del objetivo final, que por otra parte no deja de ser lícito, que UGT y CC.OO consulten a los trabajadores lo que van a hacer.
Claro que es de recibo que una Sección Sindical someta a consulta a los trabajadores lo que estime oportuno, y que lo haga en los términos que ella estime, pero para ello existen otros cauces. Y no como en esta ocasión que dicha consulta, de modo malintencionado, se ha vestido de lo que no es, una votación vinculante abierta a todos los trabajadores, y que evidentemente no se ha convocado y realizado con las garantías que requiere la ley para ello.
Pero es más, ni siquiera la Empresa habla para nada en su comunicación de mejora de las condiciones económicas, de que estás son fruto del resultado del “referéndum” realizado por UGT y CC.OO, condición que estaba recogida en el acuerdo firmado por estas fuerzas sindicales con la Empresa como condición. La empresa hace como si no hubiera habido referéndum.
Y esto lleva a interpretar que la Empresa conoce de la ilegalidad de cómo se ha realizado esta consulta, y que por tanto ni lo menciona por si pudiera caer en un defecto de forma.
Por no hablar de una negociación paralela de acuerdos de la Empresa con sindicatos que no tienen representación de mayoría, lo que supone colocar a los empleados en una situación de indefensión y confusión.
El artículo 51 del ET es claro a este respecto:
Artículo 51. Despidos colectivos
Dicho acuerdo requerirá la conformidad de la mayoría de los representantes legales de los trabajadores o, en su caso, de la mayoría de los miembros de la comisión representativa de los trabajadores siempre que, en ambos casos, representen a la mayoría de los trabajadores del centro o centros de trabajo afectados.
Por otro lado también del mismo artículo 51:
La autoridad laboral podrá impugnar los acuerdos adoptados en el periodo de consultas cuando estime que estos se han alcanzado mediante fraude, dolo, coacción o abuso de derecho a efectos de su posible declaración de nulidad, así como cuando la entidad gestora de las prestaciones por desempleo hubiese informado de que la decisión extintiva empresarial pudiera tener por objeto la obtención indebida de las prestaciones por parte de los trabajadores afectados por inexistencia de la causa motivadora de la situación legal de desempleo.
Parece normal que la Empresa no quiera hacer mención a este acuerdo, que aunque si bien es cierto esta alcanzado fuera del periodo formal, no lo es menos que la ética aquí mencionada, debería regir cualquier tipo de acuerdo que afecte al total del colectivo de trabajadores. Obviamente la Empresa no puede sentarse a negociar, a espaldas del resto, con ningún sindicato, (y eso nos incluye a todos) que no ostentan la representación mayoritaria y pretender que resulte de aplicación el resultado de esta negociación.
En el espíritu de este Artículo 51 del ET. está la buena Fe en la negociación, buena Fe por parte de la Empresa es ofrecer las mejores condiciones, no coaccionar a todas las fuerzas sindicales y hacer rehenes a los trabajadores afectados, condicionado esa oferta dependiendo de si obtiene la firma de un acuerdo, eso se llama chantaje. Y todos sin excepción hemos sido víctimas de él.
Algo bueno estaremos haciendo desde STC cuando la Empresa no nos tiene en consideración para este tipo de prácticas oscuras, que no hacen más que crear un clima de desconfianza y desarraigo de los empleados con sus representantes, que aísla al trabajador de sus representantes y le pone en situación de indefensión.
No hemos claudicado a la presión a la que nos ha sometido la Empresa, hemos seguimos nuestra línea de negociación de forma coherente tanto en el periodo formal como en la reunión extraordinaria del 2 de Junio, hemos presentado un gran dosier de datos e información, no un folio a dos caras, a todos (Empresa y Empleados) para defender nuestra postura.
Para la Empresa es más fácil tratar con unas fuerzas sindicales que estén dispuestas a estas prácticas, el inconformismo de STC y la transparencia mostrada en defensa de los trabajadores no interesa. No nos hemos dejado embaucar por la Empresa y no hemos entrado en el discurso populista de saltarnos la legalidad, evadir nuestra responsabilidad como representantes, lavarnos las manos y dejar desasistidos a los trabajadores que están aterrados por el despido que les viene encima. Nuestra posición es de coherencia, no de tratar de sacar réditos electorales a base de aliarnos con la Empresa en lo que consideramos un acuerdo que no reúne ni las condiciones económicas ni sociales. Para STC firmar un mal acuerdo no es bueno, respetamos la postura del resto de sindicatos, creemos que nuestra obligación primera es luchar por el empleo, no recoger las migajas que la Empresa quiera darnos amparándonos en el victimismo. Eso es lo fácil, y para eso no hace falta esforzarse.
Como trabajador de esta Empresa, entendemos eres maduro y tienes la capacidad de leer entrelíneas de todo lo que está sucediendo, te pedimos que reflexiones, revises e intentes ver lo que está pasando y no dejes que nadie te engañe.
Ojalá aprendamos todos de esto, y en futuras ocasiones (nadie las deseamos), independientemente de nuestra representatividad, las fuerzas sindicales seamos capaces de defender nuestras posturas con honestidad, y acatar lo que en democracia se llama mayoría. Que sea el trabajo y el esfuerzo es escaparate que mostremos a los empleados, y no toda esta colección de desacreditaciones.
¿Pero que podemos hacer cuando en STC se nos acusa de irresponsables y censurar la voz de los trabajadores?. No está en nuestro ideario el entrar en el intercambio de descalificaciones, estamos por la colaboración con el resto de sindicatos, pero llegados a este extremos tenemos que defendernos.
¿Y ahora qué?.
En primer lugar hemos denunciado esta situación a Inspección de Trabajo
Luego seguiremos adelante con nuestra denuncia del ERE, es la única oportunidad que tenemos para tratar de que esos compañeros que van a ser designados de forma forzosa a abandonar la Empresa tengan una oportunidad de volver.
Nuestros cálculos nos dicen que alrededor 100 compañeros serán despedidos de forma forzosa, es muy posible que estos número queden maquillados por la presión que ha estado ejerciendo la Empresa, comunicando en las unidades no afectadas que los que se apunten voluntarios no van a ser aceptados, y viceversa, de quién quiere deshacerse comunicárselo para que con esa presión se apunte voluntario y al menos sea capaz de llevarse esa indemnización.
En caso de que necesites nuestra ayuda no dudes en ponerte en contacto.
Atentamente, Sección Sindical STC Grupo Ericsson España